En un caso reciente, NUESTRO ABOGADO logró obtener un AUTO DE NO VINCULACIÓN A PROCESO durante la AUDIENCIA INICIAL, argumentando que la formulación de imputación del MINISTERIO PÚBLICO carecía de precisión en elementos esenciales como el LUGAR, TIEMPO y CIRCUNSTANCIAS de los hechos, afectando así el DERECHO A UNA DEFENSA ADECUADA.
Además, el abogado demostró que, según el PRINCIPIO DE ACCESORIEDAD, no puede haber CÓMPLICE SIN UN AUTOR MATERIAL claramente identificado. La PARTICIPACIÓN en un delito es una forma de responsabilidad dependiente y accesoria, lo que significa que sin la existencia de un AUTOR PRINCIPAL, la figura del cómplice no tiene sustento legal. Esta falta de claridad en la identificación del autor generaba una inconsistencia procesal, que vulneraba tanto el DEBIDO PROCESO como los DERECHOS DE DEFENSA.
El JUEZ reconoció estos argumentos, resolviendo a favor de la defensa con el AUTO DE NO VINCULACIÓN A PROCESO. Este fallo no solo representó un logro en la defensa de los derechos del acusado, sino que también sentó un importante precedente al reafirmar que la integridad del SISTEMA PENAL depende de la observancia estricta de las GARANTÍAS PROCESALES y del respeto a los PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE JUSTICIA.